María José Gómez Verdú, experta en protocolo: “Una cosa es que la reina Letizia tenga derecho a votar en las elecciones generales y otra diferente que resulte conveniente que haga público si lo ejerce, a quién vota o cuál es su posición política”

Hemos hablado con María José Gómez Verdú, experta en protocolo y etiqueta, sobre cómo tiene que afrontar la reina Letizia unas elecciones generales como representante de la Corona y mujer del jefe del Estado


La diferencia marcada entre el Rey y la Reina
Lo primero que ha resaltado la experta, que pertenece al comité de expertos de la revista Lecturas, ha sido que “cuando hablamos del comportamiento electoral de la Corona, tendemos a partir de una idea que parece sencilla, pero que jurídicamente requiere algunos matices. El Rey, como jefe del Estado, debe mantenerse al margen de cualquier posicionamiento político partidista”.
Ha sido entonces cuando Gómez Verdú ha explicado que “la cuestión se vuelve mucho más interesante cuando trasladamos ese planteamiento a la Reina consorte y sus hijas, porque aquí no estamos exactamente ante la misma posición constitucional”. En este sentido, ha explicado que “conviene distinguir entre la condición de jefe del Estado y la pertenencia a la familia real”.

Ahí es donde está una de las grandes diferencias entre el rey Felipe y la reina Letizia: “La Constitución atribuye al Rey una posición institucional singular y, al mismo tiempo, establece que la Reina consorte no puede asumir funciones constitucionales, salvo las relativas a la Regencia. Es decir, la Constitución no convierte a la Reina en una segunda jefatura del Estado ni le atribuye las mismas obligaciones constitucionales que al Rey”.
Tienen derecho al voto
Y al igual que don Felipe, doña Letizia tampoco tiene prohibido votar. María José Gómez Verdú ha recordado que “de ahí que, desde un punto de vista estrictamente jurídico, no pueda afirmarse que la Reina Letizia tenga prohibido votar”. Sobre lo que dice la ley, la experta en protocolo ha comentado que “la legislación electoral establece que el derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad que no estén privados de él por las causas expresamente previstas en la ley. No existe en la LOREG una excepción específica para la Reina consorte”.

¿Que tiene que tener en cuenta entonces doña Letizia a la hora de hacer frente a unas elecciones? Según la experta, “la cuestión del voto de la Reina no parece ser tanto una cuestión de prohibición legal como de conveniencia institucional”. Ha explicado esta afirmación asegurando que “una cosa es que tenga derecho a votar y otra diferente que resulte conveniente que haga público si lo ejerce, a quién vota o cuál es su posición política”.
La importancia de la neutralidad
Gómez Verdú ha hecho hincapié en cómo hay cuestiones sobre las que no hay prohibiciones pero sobre las que sí que conviene que los Reyes pongan por delante su rol institucional. Ha afirmado que “la neutralidad de la Corona se construye también mediante determinados comportamientos que, aunque no estén jurídicamente prohibidos, pueden afectar a la percepción de imparcialidad de la institución”.

Por tanto, “en este sentido, la Reina debería mantener una posición de neutralidad política especialmente cuidadosa durante una campaña electoral. No porque carezca de derechos ciudadanos, sino porque su exposición pública está vinculada a una institución cuya función exige proyectar una imagen de continuidad y neutralidad respecto de las distintas opciones políticas. La diferencia es importante, el derecho al voto pertenece a la persona, la neutralidad política es una exigencia derivada de la función institucional que se desempeña”.
Tras esa explicación, la experta en protocolo ha añadido que “esto explica también por qué no sería contradictorio que la Reina ejerciera su derecho de sufragio y, al mismo tiempo, mantuviera absoluta reserva sobre el sentido de su voto. De hecho, la legislación electoral establece que nadie puede ser obligado a revelar su voto”.

Ha hecho referencia a cómo lo ideal es que la reina Letizia muestre una posición completamente neutra en este sentido y que, en caso de votar, nada se sepa sobre lo que introduce en su papeleta y que ni siquiera su presencia en un colegio electoral se convierta en una imagen que pueda romper con esa neutralidad.
La combinación de ejercer el derecho al voto y el silencio
Como conclusión, María José Gómez Verdú ha añadido que “en definitiva, creo que el debate no debería plantearse exclusivamente en términos de ‘pueden votar o no pueden votar’, porque esa formulación simplifica demasiado la cuestión”. Para la experta, “la pregunta verdaderamente relevante es otra: ¿cómo puede una persona que forma parte de la familia real ejercer sus derechos ciudadanos sin comprometer la neutralidad de una institución constitucional que debe estar por encima de la competición partidista?”.

“La respuesta parece encontrarse en una frontera muy concreta, el derecho individual puede existir, pero su ejercicio público exige una especial cautela institucional. Para la Reina, esa cautela deriva de su pertenencia a la institución aunque no sea la jefa del Estado”, ha concluido sobre ese papel que doña Letizia adquirió hace ya más de dos décadas. Antes, cuando tan solo era Letizia Ortiz, si no quería no tenía que tener esa cautela de cara a unas elecciones generales.




